sábado, 14 de enero de 2017

Equidad en el sistema educativo


En esta nueva entrada retomamos el concepto de equidad en la escuela y analizamos su repercusión dentro del marco legal de la  LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa). 

En el preámbulo de este documento, que define el carácter y objetivos de la ley, se establece el carácter universal y personalizado de la educación así como su contribución a la equidad y bienestar social. Además vincula la equidad a la calidad educativa tal y como se aprecia en el siguiente texto:

“Equidad y calidad son dos caras de una misma moneda. No es imaginable un sistema educativo de calidad en el que no sea una prioridad eliminar cualquier atisbo de desigualdad. No hay mayor falta de equidad que la de un sistema que iguale en la desidia o en la mediocridad. Para la sociedad española no basta con la escolarización para atender el derecho a la educación, la calidad es un elemento constituyente del derecho a la educación”.

Por otro lado, nos gustaría señalar también uno de los principios de la LOMCE que se recoge en su Artículo 1 b):

“La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad”.

Debemos ser conscientes de la necesidad de una educación personalizada e individualista en la escuela para conseguir así equidad entre los alumnos.

 


Una vez analizados los principios e ideales sobre equidad de la LOMCE nos preguntamos ¿es nuestro sistema educativo realmente equitativo? ¿Es su estructura lo suficientemente flexible? ¿Son todos los alumnos integrados en el proceso educativo de igual modo? Una cosa son los principios y objetivos que se definen en la ley y otra son el carácter y naturaleza de las medidas que la componen. En nuestra opinión, hay aspectos de la LOMCE como son el currículo homogéneo, itinerarios con un limitado margen de rectificación, la toma de decisiones tempranas del alumnado y el valor de las evaluaciones externas que representan obstáculos para la equidad en la escuela.

Esperemos que en la nueva ley educativa que dará paso a la LOMCE tras su  sustitución en noviembre 2016 se promueva la equidad, no solamente en mediante definiciones de principios y objetivos sino además con cambios y medidas estructurales. 

Para finalizar esta contribución, nos gustaría señalar algunos de los aspectos más significativos del artículo de Echeita y Sandoval “Claves de la equidad como reto de la educación en el siglo XXI” en especial el planteamiento de escuela inclusiva como “medio para construir una escuela más justa”. Subrayamos la conceptualización de la escuela inclusiva de Ainscow, Booth y Dyson (2006) como proceso de eliminación de las barreras de presencia, aprendizaje y participación mediante las medidas que se indican en el siguiente gráfico.


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